RESPONSABILIDADES FRENTE A LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
RESPONSABLE DEL SGI-SST
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Participar en la planeación, organización, aplicación, revisión y mejoramiento del sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo (SG-SST), y como mínimo una (1) vez al año realizar su evaluación en conjunto con la Dirección.
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Apoyar la aplicación de lineamientos y directrices definidas para asegurar el funcionamiento eficaz del (SG-SST) y el logro de sus objetivos.
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Apoyar el reporte de accidentes e incidentes de trabajo del centro de trabajo al que pertenecen.
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Informar a la Dirección Nacional sobre el funcionamiento y los resultados del Sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) por medio de la rendición de cuentas.
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Promover la participación de todos los trabajadores de la Organización en actividades de promoción y prevención propias de la seguridad y salud en el trabajo.
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Participar en la actualización de la identificación de peligros, evaluación y valoración de riesgos.
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Participar en la construcción de programas y planes de acción en SST y hacer seguimiento a su cumplimiento.
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Apoyar la investigación de los accidentes e incidentes de trabajo.
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Realizar actualización y seguimiento a indicadores y estadísticas en SST.
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Mantener gestión sobre el control de la documentación y registros de las actividades del (SG-SST).
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Mantener relacionamiento y trabajo coordinado con la ARL en los temas necesarios para garantizar el adecuado funcionamiento del sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo y el logro de sus objetivos y metas.
RESPONSABILIDADES DEL COPASST
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Proponer a la Dirección Nacional la adopción de medidas y el desarrollo de actividades que procuren y mantengan la salud en los lugares y ambientes de trabajo.
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Proponer y participar en actividades de capacitación en seguridad y salud en el trabajo.
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Colaborar con los funcionarios de entidades gubernamentales de seguridad y salud en le trabajo en las actividades que éstos adelanten en la empresa y recibir por derecho propio los informes correspondientes.
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Vigilar el desarrollo de las actividades que en materia de medicina, higiene y seguridad industrial debe realizar la empresa de acuerdo con el Reglamento de higiene y seguridad industrial y las normas vigentes; promover su divulgación y observancia.
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Colaborar en el análisis de las causas de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y proponer a la Dirección las medidas correctivas a que haya lugar para evitar sus ocurrencias.
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Visitar periódicamente los lugares de trabajo e inspeccionar los ambientes, equipos, aparatos y las operaciones realizadas por los trabajadores en cada área o sección de la Organización e informar a la Dirección sobre la existencia de factores de riesgo y sugerir las medidas correctivas y de control.
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Estudiar y considerar las sugerencias que presenten los trabajadores, en materia de medicina, higiene y seguridad industrial.
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Servir como organismo de coordinación entre empleador y los trabajadores en la solución de los problemas relativos a la salud ocupacional. Tramitar los reclamos de los trabajadores relacionados con la seguridad y salud en le trabajo.
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Solicitar periódicamente a la empresa informes sobre accidentalidad y enfermedades laborales.
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Mantener un archivo de las actas de cada reunión y demás actividades que se desarrollen, el cual estará en cualquier momento a disposición de la Dirección, los trabajadores y las autoridades competentes.
RESPONSABILIDADES DE LA DIRECCIÓN NACIONAL
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Pagar correctamente la totalidad de las cotizaciones de los trabajadores a su servicio a la Administradora de Riesgos Laborales (A.R.L.).
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Definir, firmar y divulgar la política de Seguridad y Salud, en el Trabajo
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Debe asignar, documentar y comunicar las responsabilidades específicas en Seguridad y Salud en el Trabajo SST a todos los niveles de la organización.
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Definir qué personas deben realizar rendición de cuentas al interior de la Organización en SST.
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Definir y asignar los recursos financieros, técnicos y el personal necesario para el diseño, implementación, revisión evaluación y mejora de las medidas de prevención y control, para la gestión eficaz de los peligros y riesgos en el lugar de trabajo y también, para que los responsables de la seguridad y salud en el trabajo en la Organización.
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Garantizar la consulta y participación de los trabajadores en la identificación de los peligros y control de los riesgos, así como la participación a través del comité o vigía de Seguridad y Salud en el trabajo y del comité de convivencia laboral.
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Revisar el cumplimiento del plan de trabajo anual en SST.
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Evaluar anualmente la gestión de la seguridad y salud en el trabajo.
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Implementar los correctivos necesarios para el cumplimiento de metas y objetivos.
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Garantizar la disponibilidad de personal competente para liderar y controlar el desarrollo de la seguridad y salud en el trabajo.
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Garantizar un programa de inducción y entrenamiento para los trabajadores que ingresen a la Organización, independientemente de su forma de contratación y vinculación.
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Garantizar un programa de capacitación acorde con las necesidades específicas detectadas en la identificación de peligros, evaluación y valoración de riesgos.
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Garantizar información oportuna sobre la gestión de la seguridad y salud en el trabajo y canales de comunicación que permitan recolectar información manifestada por los trabajadores.
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Realizar y ejecutar el plan de auditorías y revisión por la Dirección.
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Participar en la investigación de los incidentes y accidentes de trabajo graves.
RESPONSABILIDADES DE LOS TRABAJADORES
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Procurar el cuidado integral de su salud.
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Suministrar información clara, veraz y completa sobre su estado de salud.
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Cumplir las normas, reglamentos e instrucciones del sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo (SG-SST) de la Organización y asistir periódicamente a los programas de promoción y prevención adelantados por la Organización o la Administradora de Riesgos Laborales.
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Participar en la prevención de los riesgos laborales a través de los comités paritarios de seguridad y salud en el trabajo y comités de convivencia laboral.
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Reportar inmediatamente todo accidente o incidentes de trabajo.
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Usar adecuadamente y en el momento requerido los elementos de protección personal de acuerdo con su cargo y actividades a desarrollar.
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Ejecutar las actividades relacionadas con su cargo cumpliendo con las normas y procedimientos seguros aplicables.
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Reportar al responsable del (SG-SST) las condiciones o actos inseguros en los lugares de trabajo.
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Prevenir la ocurrencia de accidentes dentro de su área de trabajo.
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Asistir y participar activamente de capacitaciones, entrenamientos, charlas y otras actividades de seguridad y salud en el trabajo a las cuales sea convocado.
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No introducir ni consumir bebidas alcoholicas o sustancias no autorizadas en los lugares de trabajo.
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Participar en la investigación de los incidentes y accidentes de trabajo cuando sea requerido.
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Conocer y tener clara la política de Seguridad y Salud en el Trabajo.
RESPONSABILIDADES DE LOS COMITES DE CONVIVENCIA LABORAL (CCL)
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Recibir y dar trámite a las quejas presentadas en las que se describan situaciones que puedan constituir acoso laboral, así como las pruebas que las soportan.
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Examinar de manera confidencial los casos específicos o puntuales en los que se formule queja o reclamo, que pudieran tipificar conductas o circunstancias de acoso laboral, al interior de la Organización.
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Escuchar a las partes involucradas de manera individual sobre los hechos que dieron lugar a la queja.
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Adelantar reuniones con el fin de crear un espacio de diálogo entre las partes involucradas, promoviendo compromisos mutuos para llegar a una solución efectiva de las controversias.
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Formular un plan de mejora concertado entre las partes, para construir, renovar y promover la convivencia laboral, garantizando en todos los casos el principio de la confidencialidad.
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Hacer seguimiento a los compromisos adquiridos por las partes involucradas en la queja, verificando su cumplimiento de acuerdo con lo pactado.
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En aquellos casos en que no se llegue a un acuerdo entre las partes, no se cumplan las recomendaciones formuladas o la conducta persista, el comité de convivencia laboral, deberá informar a la alta Dirección de la empresa, cerrará el caso y el trabajador puede presentar la queja ante el inspector de trabajo o demandar ante el juez competente.
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Presentar a la alta Dirección las recomendaciones para el desarrollo efectivo de las medidas preventivas y correctivas del acoso laboral, así como el informe anual de resultados de la gestión del comité de convivencia laboral y los informes requeridos por los organismos de control.
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Hacer seguimiento al cumplimiento de las recomendaciones dadas por el comité de convivencia a las dependencias de gestión del recurso humano y seguridad y salud en el trabajo.
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Elaborar informes trimestrales sobre la gestión del comité que incluya estadísticas de las quejas, seguimiento de los casos y recomendaciones, los cuales serán presentados a la alta Dirección.